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viernes 22 noviembre 2024

En Quintana Roo darán prisión a quien difunda contenido sexual y promueva la violencia contra las mujeres

La XVI Legislatura del Congreso local aprobó por unanimidad, la denominada “Ley Olimpia”, que tipifica la violencia digital como delito que se castigará de cuatro a ocho años de prisión y de 200 a 500 días multa a quien difunda, revele, publique, comparta o altere contenido audiovisual, conversaciones telefónicas, grabaciones de voz, imágenes estáticas o en movimiento, de naturaleza sexual o erótica de otra persona, mayor de edad, sin su consentimiento, a través de cualquier tecnología de la información y comunicación o por cualquier medio digital o impreso.

De acuerdo con el dictamen, las penas aumentarán en una mitad más, cuando el sujeto activo sea cónyuge, concubino, o haya mantenido una relación afectiva o de confianza con la víctima, aún sin convivencia.

Además, se impondrán penas de seis meses a cuatro años de prisión y multa de 100 a 400 días, a quien, empleando cualquier tipo de violencia, amenace o coaccione a otra persona mayor de 18 años con llevar las conductas previstas, con el objetivo de obtener un lucro o beneficio de cualquier naturaleza.

La modificación se realizó a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como el Código Penal del Estado de Quintana Roo.

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