- La SCJN invalidó la orden que clasificaba las obras prioritarias del Gobierno como de seguridad nacional…
Por la tarde, otro lo sustituyó La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la inconstitucionalidad el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que clasificaba como de seguridad nacional las obras y proyectos prioritarios del Gobierno federal, con lo que se evitaba su transparencia… A lo que el mandatario respondió horas después con la publicación de otro decreto similar.
Durante la sesión de ayer, por ocho contra tres votos, se anuló el artículo primero de dicho documento, publicado el 22 de noviembre de 2021, con el que se clasificó como de “interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura”.
La medida impactaba a los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren estratégicos”.
Los demás artículos también fueron catalogados como inconstitucionales, pero con una mayoría de seis votos; en estos se instruía a las dependencias federales a otorgar “autorización provisional a la obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras, y con ello garantizar su ejecución oportuna, el beneficio social esperado y el ejercicio de los presupuestos”.
La Suprema Corte tomó la determinación a raíz de una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai), el cual alegó que con ese decreto se corría el riesgo de que la mayoría de obras con recursos públicos se catalogaran como confidenciales por ser prioritarias y de seguridad nacional, con lo que se caería en la opacidad.
Al respecto, el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que el acuerdo no tenía que ver con ocultar información al Inai, sino que lo firmó para que “nuestros adversarios, que están empeñados en ponernos obstáculos, no puedan detener las obras”.
Horas después de la decisión de la Corte, el Presidente firmó un decreto similar al anulado, pero que solo declara a las obras del Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque, en Chiapas, así como de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, como de interés y seguridad nacional.
El nuevo decreto de López Obrador, publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), señala que “son de seguridad nacional y de interés público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo”.
Es decir, especifica cuáles son los proyectos y ya no es de manera automática, lo que fue uno de los argumentos de la Suprema Corte para catalogar como inconstitucional el llamado decretazo.
Dicho documento fue firmado por el Presidente y los secretarios de Defensa Nacional, Marina, y Gobernación, mientras que el llamado decretazo, anulado por la SCJN, tenía la rúbrica de 18 secretarios de Estado, debido a que abarcaba todos los rubros.
El Inai, promotor de la controversia constitucional contra el llamado decretazo presidencial, ha sido uno de los órganos autónomos descalificados por el titular del Ejecutivo, al señalar que no sirve para nada y a sus comisionados de alcahuetes de los gobiernos neoliberales.
En la actualidad, el organismo de transparencia se mantiene sin poder sesionar por la falta de nombramiento de tres comisionados, por lo que está impedido de presentar una nueva controversia contra el decreto publicado ayer. / 24 HORAS