Cerca de la una de la mañana de este domingo, arribó el cuerpo del alcalde Marciano Dzul Caamal al municipio de Tulum, fue recibido por cientos de ciudadanos que se agolpaban a las afueras de la iglesia evangélica “El sendero de la Cruz”, en la colonia Ejido, lugar donde estará siendo velado por su familia; al lugar acudieron cientos de personas y autoridades de los tres órdenes de gobierno.
La familia de Marciano Dzul está convocando a la población para que los acompañen a trasladar sus restos hasta el domo del parque Dos Aguas, donde este lunes se llevará a cabo una sesión solemne de cabildo a las 8 de la mañana, para lo cual, el cortejo fúnebre partirá desde la iglesia hacia el domo Dos Aguas, a partir de las 7 de la mañana. En la convocatoria de la familia se sugiere a los participantes a asistir con ropa color blanco o con un globo blanco.
Al finalizar la sesión solmene, el cortejo fúnebre partirá hacia el cementerio, lugar donde reposarán los restos de Marciano Dzul.
Se prevé que sea este lunes 6 de marzo, cuando el Cabildo convoque a Sesión Extraordinaria, para hacer el nombramiento y la toma de protesta de Diego Castañón Trejo -actual tesorero municipal-, como presidente municipal de Tulum.
Ante los señalamientos que circulan en redes sociales:
1.- La Constitución Política del Estado de Quintana Roo y Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo mandatan que, en caso de ausencia absoluta del presidente municipal, las y los regidores deben llamar al suplente para que éste asuma la titularidad de la presidencia municipal.
2.- Ese es el caso que se abre ante el deceso del presidente municipal Marciano Dzul Caamal, cuya ausencia absoluta debe ser suplida indudablemente por Diego Castañón Trejo.
3.- Consultados al respecto, diversos juristas hicieron hincapié en que “la suplencia en la persona de Castañón Trejo no deviene de un acto administrativo que esté a consideración del colegiado, sino de un mandato popular que se manifestó en las urnas en el proceso electoral 2021 en Tulum”.
4.- Además, los especialistas aseguran que no existen “alternativas o salidas a lo que está establecido en la Ley. Sería una falta grave, que condenaría el tribunal, el hecho de elegir a un suplente distinto al reconocido en la constancia de mayoría de la elección de presidente municipal del año 2021. El procedimiento es clarísimo: se debe llamar al suplente para tomarle protesta”.
5.- El Artículo 97 de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo a la letra dice: “En caso de falta absoluta de algún miembro del Ayuntamiento, éste llamará a los suplentes respectivos, quienes rendirán la protesta y asumirán el desempeño del cargo (…)”.