- La ex conductora de televisión, Inés Gómez Mont buscaba que la FGR reconociera el acuerdo que firmó horas antes de terminar el sexenio de Enrique Peña Nieto, donde pagó 13.5 millones de pesos al SAT y con ello se ordenara la cancelación del mandamiento judicial
La ex conductora de televisión, Inés Gómez Mont, mantiene vigente una orden de aprehensión que se libró en su contra por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Un tribunal colegiado le negó el amparo, con el que buscaba que la Fiscalía General de la República (FGR) reconociera el acuerdo que firmó horas antes de terminar el sexenio de Enrique Peña Nieto, donde pagó 13.5 millones de pesos al Servicio de Administración Tributaria (SAT), y con ello se ordenara la cancelación del mandamiento judicial
En sesión ordinaria el Sexto Tribunal Colegiado en materia Penal de la ciudad México confirmo la sentencia de un juez de distrito que le negó a Gómez Mont la protección de la justicia federal, ya que este tipo de convenios aplican para solo tres tipos de delitos, entre los cuales no está el de lavado de dinero.
“Explicamos en el proyecto por qué no se colman los requisitos por los cuales el acuerdo celebrado no se llevó a cabo con el funcionario legalmente facultado y este tipo de convenios aplica solo para tres tipos de delitos, entre los que no está el de operaciones con recursos de procedencia ilícita y por eso es que estivo que estuvo en lo correcto el juez de distrito y la propuesta es confirmar y negar”, señaló la magistrada María Dolores Núñez Solorio, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución.
La ex conductora de televisión promovió un recurso de queja para impugnar el fallo del juez federal que le negó el amparo para dejar insubsistente la orden de aprehensión que se libró en su contra por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La quejosa realizó el trámite ante el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, ya que reclama el acuerdo ministerial del 30 de septiembre de 2021 que se emitió en la carpeta de investigación FED/SEIDO/UEIORPIFAM-CDMX/0001159/2017, mediante el cual se resolvió no ha lugar a acordar de forma positiva la solicitud de la peticionaria, respecto de la determinación del no ejercicio de la acción penal, en la citada indagatoria.
El asunto tuvo su origen por una damanda del SAT, sobre la declaración de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal de 2016, donde la conductora declaró haber obtenido ingresos acumulables por la cantidad de 39 millones 518 mil pesos.
Apuntó que tanto personas morales como una física, le retuvieron, por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), la cantidad de 13 millones 572 mil 444 pesos, por lo que, la cantidad que recibió fue de 25 millones 945 mil 726 pesos. La Jornada/César Arellano García