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viernes 13 septiembre 2024

Lawfare de la Corte revienta al estado

La ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Norma Piña Hernández, rompió el acuerdo estabilizador no escrito de entendimientos y consensos del Poder Judicial con los poderes Ejecutivo y Legislativo y decretó una lawfare o guerra judicial contra el presidente de la República y la mayoría legislativa. Es decir, la Corte rompe con el respeto a la autonomía del Poder Legislativo, choca de frente con el Ejecutivo y destroza las bases de existencia del Estado mexicano.

Con pasos precisos e intencionados, la ministra presidenta Piña Hernández primero azuzó a los trabajadores para parar labores diarias sin declarar ninguna huelga legal, luego autorizó a magistrados y jueces a detener la impartición de justicia como forma de presión política contra la reforma judicial del presidente de la República y su partido mayoritario y promovió que ocho de los once ministros suspendieran sus labores legales –con goce de sueldo– como acto de presión política.

Y con el beneplácito de la ministra presidenta de la Corte dos mandatos de jueces federales fueron decretados para ordenarle al Poder Legislativo que detuviera el proceso legislativo autónomo de discusión y configuración de unas leyes, cuando el mecanismo legal permite que los jueces emitan esos ordenamientos sobre las leyes ya aprobadas, pero nunca se había visto que un juez interrumpiera el proceso legislativo de una ley que cumplía con todos los requisitos de procedimiento legal. Estas decisiones de jueces impidieron el proceso de formación de leyes que explican de manera minuciosa los artículos 71 y 72 de la Constitución, Sección II del Título Tercero para la “formación de leyes” y en ninguna línea se dice que el poder judicial puede interrumpir el proceso legislativo para la aprobación o votación de las leyes.

Por primera vez en la historia del México independiente, el Poder Judicial rompió los acuerdos consensuales de respeto a los espacios de funcionamiento autónomo de los poderes Ejecutivo y sobre todo Legislativo. Esta decisión forma parte de los nuevos mecanismos de las relaciones políticas modernas entre factores de decisión dentro de los estados y que se le conoce –inclusive por la Real Academia española– como lawfare, o guerra judicial y que toman en cuenta la traducción del Diccionario de la Lengua Inglesa de Oxford como “acciones judiciales emprendidas por parte de una campaña en contra de un país o grupo”, además de ser usada también para designar el uso de procedimientos judiciales con fines de persecución política, desacreditación o destrucción de la imagen pública e inhabilitación de un adversario político.

Las acciones de la presidenta de la Suprema Corte y de dos jueces federales fueron tomadas para evitar el proceso legislativo de recepción, discusión y aprobación de leyes en función de sus propias reglamentaciones. Nunca en la historia jurídica y política del país había ocurrido una decisión del Poder Judicial para impedir, bloquear y detener el proceso de formación de leyes que está perfectamente determinado por la Constitución y en cuyos artículos no se prevé que el Poder Judicial adelante sospechas y evite que el poder legislativo legisle con la libertad absoluta que le garantiza la Constitución.

Los trabajadores del Poder Judicial fueron autorizados por la ministra presidenta de la Corte como jefa de ese sector para parar labores como acto de protesta ante el inicio del proceso legislativo de aprobación de la reforma judicial, pero sin cumplir con las reglas estrictas del contrato colectivo que solo permite la declaración de huelga como paro de labores en actos que presuponen violación de los términos del mismo contrato, pero además calificadas las declaratorias de huelga por autoridades laborales.

El paro de labores de los trabajadores de la Corte es ilegal y abusivo, porque paralizaron prácticamente la totalidad de las acciones legales que debe realizar el personal judicial para labores de impartición de la justicia, y aunque dejaron guardias para atender casos de emergencia, en realidad se ha tratado de un arbitrario paro total de actividades judiciales.

En una sesión del pleno de ministros, la presidenta Piña Hernández sometió a votación si los ministros de la Suprema Corte como cabeza visible del Poder Judicial podían también parar actividades de labores como un apoyo solidario a los trabajadores, tergiversando la función pública judicial del Tribunal Constitucional federal por razones políticas que involucraban decisiones de partido. Ocho ministros de la corte, la mayoría calificada de dos terceras partes del pleno, declararon un paro solidario de labores como si fueran alguna agrupación universitaria estudiantil y no el máximo Tribunal Constitucional.

Ante el mensaje negativo que dejó el paro de labores de ministros, la presidenta Piña Hernández –incumpliendo el paro de labores del pleno, lo que habla haría de una tergiversación brutal de los procedimientos judiciales y una violación de las reglas del trabajo judicial– designó a la ministra Lenia Batres Guadarrama que en función de su cargo determinara si los jueces federales tienen facultades para interrumpir el proceso legislativo de aprobación de leyes, una conclusión que cualquier estudiante de primer año de Derecho Constitucional –inclusive de la UNAM, como guardián del derecho priista– sabe que la independencia del Poder Judicial que la ministra presidenta exige a las leyes también se aplica al poder legislativo en el proceso de elaboración de una ley.

Agobiada por errores propios que llevaron a la reforma judicial, limitada por estrictas funciones que deben responder a lo que la ley permite y no a lo que ella quisiera que le que la ley le dejara hacer como interpretación y como cabeza de grupo de los sectores opositores conservadores a la reforma judicial, la ministra presidenta Piña Hernández aparece como la jefa política de la lawfare que se presenta como la última oportunidad del Poder Judicial para bloquear la reforma que la mayoría de Morena y aliados ha cumplido en términos electorales y de configuración de mayoría calificada aprobada por el Instituto nacional electoral y el tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación.

Si la ley se aprueba la próxima semana, la ministra presidenta de la Corte estará obligada a decidir por razón propia separarse de su cargo.

El Independiente/Redacción     Foto: SCJN/cuartoscuro.com

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