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viernes 22 noviembre 2024

Impondrán por el huachicoleo de agua hasta 9 años de prisión

En el Estado de México se sancionará con penas de entre dos y seis años de prisión a quienes sin autorización, concesión, licencia o permiso expedido por una autoridad competente, sustraiga y se apropie del agua potable de la infraestructura hidráulica, o restrinja su flujo destinado al suministro de las y los usuarios, así como hasta ocho años de cárcel en contra de quien la explote o comercialice.

Esto, luego de que el Congreso local aprobó por unanimidad tipificar y sancionar el “huachocoleo de agua”.

El dictamen, expuesto por el diputado Daniel Sibaja (Morena) contempla como pena máxima, nueve años de prisión, cuando el delito sea cometido por un servidor público cuyo encargo o comisión facilite la sustracción del líquido de la infraestructura hidráulica estatal.

A propietarios de predios también

Las reformas establecen diversas sanciones, por lo cual, quien distribuya o suministre agua potable, a través de pipa u otro medio, para obtener un beneficio económico sin permiso de la autoridad competente se le impondrán de dos a seis años de prisión; y a quien la distribuya a través de pipas y la extraiga de una fuente de abastecimiento diversa a la autorizada se le impondrán de uno hasta tres años de cárcel.

Igualmente, se equiparará con este delito la comercialización, explotación, almacenamiento, transportación o suministro del agua potable sustraída o apropiada, casos que se sancionarán con uno a ocho años de prisión cuando las cantidades extraídas vayan de 400 litros a más de cinco mil, mientras que a la persona propietaria, arrendataria o poseedora de algún predio donde exista una toma clandestina se le aplicarán de dos a cuatro años de prisión.

En este punto, el diputado Francisco Santos (PAN) pidió la emisión de una ley para los organismos del agua, a fin de sancionar los fraudes en el suministro y la eficiencia en su recaudación. / 24-horas.mx

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