- El tramo 5 sur del Tren Maya corre de Playa del Carmen a Tulum, a lo largo de alrededor de 65 kilómetros, sobre una zona en la que se encuentra una red de ríos subterráneos
Además de la suspensión vigente que ordena paralizar las obras del Tren Maya en el tramo 5 sur, ahora el Juzgado Primero de Distrito con sede en Yucatán ordenó que se realice una inspección de las obras en el referido tramo, ante las acusaciones de relleno de cenotes y ejecución de obras sin los estudios correspondientes.
Se trata de un acuerdo judicial dentro del juicio de amparo 1003/2022 dirigido a un juez de distrito en Quintana Roo. “Gírese atento exhorto al Juez de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con residencia en Cancún, Quintana Roo, en turno, para que en auxilio de la Justicia Federal, comisione a cualquiera de los actuarios adscritos a ese juzgado y se constituya en los citados predios, y lleve a cabo la prueba de inspección ocular y/o judicial, la cual deberá constreñirse a los puntos relacionados en el escrito el escrito presentado”, se lee en la resolución del juez.
El tramo 5 sur del Tren Maya corre de Playa del Carmen a Tulum, a lo largo de alrededor de 65 kilómetros, sobre una zona en la que se encuentra la red de ríos subterráneos más grande del mundo, lo cual hace que el suelo sea muy proclive a los hundimientos.
Antecedente
A inicios de marzo de este año, también el Juzgado Primero de Distrito con sede en Yucatán advirtió que los funcionarios públicos o empresas que fuesen encontrados responsables de no detener los trabajos en el tramo 5 sur del Tren Maya podrían hacerse acreedores a una pena de hasta nueve años de prisión.
Este resolutivo también forma parte del expediente judicial 1003/2022, en el cual desde marzo pasado ya se advertía que la autoridad no había acatado desde entonces la orden de suspensión definitiva concedida contra el avance de las obras en el referido tramo 5 sur.
“(…) Se advierte que las autoridades responsables no acataron la suspensión definitiva concedida en el presente asunto. Por tanto, dado que el cumplimiento a la suspensión dictada en un juicio de amparo es de orden público para evitar que las autoridades lo eludan, se precisa lo siguiente: “Requiérase a las autoridades responsables señaladas en el presente asunto, para que dentro del término de tres días informen si en la actualidad se encuentran suspendidas las obras de construcción y acondicionamiento de la obra pública denominada Tren Maya en el tramo 5 Sur (Playa del Carmen a Tulum, Quintana Roo) o si por el contrario, se continúan realizando esos trabajos.
“(…) Se deben presentar las bitácoras, memorias de construcción y todos los registros con los que cuenten, a fin de informar al juzgado de Distrito, lo siguiente: a) Los cenotes, cavernas y cuevas que se encuentren a lo largo del trazo del tramo 5 sur del proyecto Tren Maya. b) Las medidas de prevención y protección que se hubieran adoptado para evitar la contaminación del agua subterránea en ese mismo trazo. c) En caso de existir, las incidencias tales como derrumbes, socavones u otras, que hayan ocurrido en el tramo 5 sur del proyecto, y las acciones que se hubieran realizado para atenderlas”, se añade en la resolución judicial.
El Economista/Jesús Vázquez