Novedades edición electrónica/Alejandro Castro Foto: Paola Chiomante
El hotel Fiesta Americana de la zona hotelera de Cancún se sumó a la lista de hoteles que han pretendido convertir en totalmente privada las playas. En este caso cercó parte de su frente para impedir el tránsito a turistas que caminan por el lugar.
La zona es frecuentada por los bañistas que caminan hacia la zona de Punta Cancún, por lo que el hotel decidió clavar postes, colocar lazos y dejar solamente una vereda por la línea de costa. En el sitio se encuentra una persona de vigilancia, quien, de manera amable, “invita” a los visitantes a caminar por la orilla de la playa. Este cerco está reservado exclusivamente para turistas que se hospedan en el hotel, cuenta en el interior con camastros, hasta donde se llevan bebidas o botanas.
De esta manera, este centro de hospedaje se suma a otros como el The Ritz-Carlton y el Club Mandala Beach, que en fechas pasadas hicieron lo mismo, aunque posteriormente retiraron las restricciones.
El uso de la Zona Federal Marítimo Terrestre, para que los hoteles puedan colocar camastros y demás inmobiliario, requiere de un permiso que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a cambio de pagar el respectivo derecho de uso.
Sin embargo, la concesión por sí misma no les otorga derecho de apropiarse de las playas, como si se tratara de propiedad privada. Por el contrario, los concesionarios deben permitir el libre tránsito por sus instalaciones, en caso de que no haya accesos públicos cerca.
“En el caso de que no existan vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas marítimas, a través de los accesos que para el efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con los propietarios”, se lee textualmente en el artículo 127 de la Ley de Bienes Nacionales.
Dicha Ley establece en su artículo 8 que todos los habitantes de la República pueden usar los bienes de uso común, sin más restricciones que las establecidas por las leyes y reglamentos administrativos, regulados por las autoridades. “El acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento”, apunta.