Por Esto/Fernando Morcillo
Los gobiernos de Estados Unidos y de Canadá, quienes con México firmaron el Tratado de Libre Comercio para América del Norte (TLCAN), presentaron al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (ICSID, por sus siglas en inglés), un escrito formal en el que se manifiestan “no contendientes” en el pleito legal que enfrenta la empresa Legacy Vulcan con el gobierno mexicano.
En este caso a través de su filial mexicana Calizas Industriales del Carmen (CALICA) hoy denominada Sac Tun que, exige al gobierno de México una compensación económica por más de 1 mil 500 millones de dólares por el cambio de uso de suelo a los predios La Adelita y El Corchalito que pretende explotar para extraer material y que según en el 2009 cambiaron de manera arbitraria ya que anteriormente contaban con los permisos.
En este juicio que enfrenta la transnacional no sólo con el gobierno federal, sino con el gobierno quintanarroense y el gobierno solidarense, CALICA también exige un pago de más de 17 millones de dólares por los derechos de explotación del muelle de Punta Venado.
Como se recordará, en enero del 2019 CALICA a través de Legacy Vulcan promovió este juicio ante el ICSID, organismo perteneciente al Banco Mundial y con sede en la ciudad de Washington, Estados Unidos, basándose en el Tratado de Libre Comercio, alegando que algunos de los artículos de este acuerdo internacional fueron violentados por el gobierno mexicano.
Específicamente, los que contempla el Capítulo XI de la Quinta Parte de este acuerdo con Estados Unidos y Canadá: “Inversión, Servicios y Asuntos Relacionados”. De acuerdo a su Notificación de Arbitraje, en el punto IV, Disposiciones del TLCAN que México Ha Incumplido, Legacy Vulcan y Calica exponen que “México, a través de las acciones y omisiones de sus dependencias, organismos, agencias y subdivisiones políticas, ha incumplido varias de sus obligaciones, ocasionando importantes y continuos costos y daños”.
Además citan el Artículo 1110 del TLCAN: “Expropiación y Compensación”, el cual señala a la letra: “Ninguna de las Partes podrá nacionalizar ni expropiar, directa o indirectamente, una inversión de un inversionista de otra Parte en su territorio, ni adoptar ninguna medida equivalente a la expropiación o nacionalización de esa inversión (expropiación), salvo que sea: (a) por causa de utilidad pública; (b) sobre bases no discriminatorias; (c) con apego al principio de legalidad y al Artículo 1105; y (d) mediante indemnización conforme a los párrafos 2 a 6”. Pero al basarse en este acuerdo firmado por las tres naciones de América del Norte, tanto Canadá como Estados Unidos dejaron en claro que no son contendientes en la disputa. Para ello, basados en el Artículo 1128 del citado Tratado, “Participación de una Parte”, fueron notificados de manera escrita por este tribunal internacional donde se les hizo de su conocimiento el derecho que tenían para presentar comunicaciones al tribunal sobre una cuestión de interpretación de este Tratado.
Por lo anterior, mediante escritos firmados por los gobiernos y que fueron entregados al tribunal que, en este caso, encabeza Albert Jan van den Berg, dejaron en claro ser integrantes del TLCAN, pero “no contendientes” en este juicio.
Dicho de otras palabras, aceptan que es un litigio entre una empresa particular con una nación por lo que el próximo 28 de junio en un nuevo encuentro entre la parte demandante (CALICA) y la demandada (México) se presentarán los comentarios contemplados en este artículo 1128 del TLCAN. Para México, este acto por parte de los países con los que firmó el TLCAN, representa un paso importante pues dejan sola a la empresa transnacional.